Factura de honorarios por compraventa
La inmobiliaria factura al vendedor (o al comprador, si así se pactó) sus honorarios de intermediación al cerrar la operación.
Plantillas gratuitas
Modelos de factura en Excel y Word para inmobiliarias y empresas patrimoniales: honorarios de compraventa, gestión de alquiler, alquiler de local con retención, alquiler de vivienda exento de IVA y factura rectificativa.
La inmobiliaria factura al vendedor (o al comprador, si así se pactó) sus honorarios de intermediación al cerrar la operación.
Para cobrar al propietario la gestión mensual del alquiler y otros servicios, como coordinar reparaciones.
El propietario factura la renta de un local u oficina a una empresa o profesional, con IVA y retención.
El propietario o la empresa patrimonial factura la renta mensual de una vivienda, con la mención de exención de IVA.
Para corregir un error o modificar el importe de una factura ya emitida, indicando la factura original y el motivo.
Según el artículo 6 del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012), toda factura completa debe incluir:
Las plantillas ya traen estos campos. En Excel solo tienes que rellenar las celdas amarillas: la base, el IVA, la retención y el total se calculan solos.
Cada operación tiene matices, así que revisa siempre el tratamiento fiscal con tu asesor.
El Reglamento Veri*factu (Real Decreto 1007/2023) obliga a que los programas de facturación registren y firmen cada factura e incluyan un código QR. Con el Real Decreto-ley 15/2025, las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. Hacienda ha anunciado su intención de aplazarlo de nuevo, pero mientras no se publique en el BOE rigen esas fechas.
Si emites muchas facturas, lo más práctico es usar un programa de facturación adaptado y dejar las plantillas para casos puntuales.
Preguntas frecuentes
Número y, en su caso, serie; fecha de expedición; nombre o razón social, NIF y domicilio del emisor y del cliente; descripción de la operación; base imponible, tipo y cuota de IVA; y la fecha de la operación si es distinta de la de expedición. Lo regula el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012.
No. El arrendamiento de vivienda está exento de IVA según el artículo 20.Uno.23.º de la Ley 37/1992, y la factura debe indicarlo. En cambio, el alquiler de locales y oficinas tributa al 21 %.
Cuando se alquila un inmueble urbano que no es vivienda (local, oficina, nave) a una empresa o profesional. El arrendatario retiene el 19 % y lo ingresa con el modelo 115. Hay excepciones, por lo que conviene confirmarlo con tu asesor.
Sirven como modelo, pero si facturas con un programa informático deberás cumplir el Reglamento Veri*factu: a partir del 1 de enero de 2027 para sociedades y del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, según el Real Decreto-ley 15/2025. Hacienda ha anunciado su intención de aplazarlo de nuevo, pero hasta que se publique en el BOE rigen esas fechas. Consulta con tu asesor cómo te afecta.
Emitiendo una factura rectificativa con su propia serie, que identifique la factura original, explique el motivo y recoja la diferencia de importes. No se debe modificar ni anular la factura ya emitida.
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